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Una agresión en toda regla: (tercera falacia: "El ejército ruso no ha cometido crímenes internacionales en Ucrania")

Author:
García Ruiz, Carmen RocíoUniversidad Loyola Authority
URI:
https://hdl.handle.net/20.500.12412/5127
ISSN:
978-84-19376-94-7, 978-84-19376-95-4
Date:
2022
Keyword(s):

Crímenes de guerra

Crimen de agresión

Crimen contra la humanidad

Abstract:

El capítulo se enmarca en la obra como tercera falacia, la de que el ejército ruso no ha cometido crímenes internacionales en Ucrania y analiza tanto el discurso como las acciones cometidas por Rusia. Para concluir su calificación como crimen internacional, la autora realiza un exhaustivo análisis jurídico. El 24 de febrero de 2022 Rusia atacó e invadió a un Estado vecino y dio inicio a una guerra en su sentido más arcaico, apelando a la Carta de Naciones Unidas, artículos 1 y 51, para justificar lo que denominó “operación militar especial”. A medida que se desarrollaban las hostilidades, numerosas imágenes de sufrimiento de civiles inundaron los medios de comunicación. Bombardeos de objetivos no militares, corredores humanitarios pactados y no respetados y cadáveres de civiles indefensos motivaron acusaciones a Rusia de infringir graves violaciones del ius in bello. La respuesta desde el Kremlin es repetitiva: escenificación, provocación, montaje. De acuerdo con el discurso ruso, no se han cometido crímenes internacionales en Ucrania. Justifican el ataque y entienden que nada reprochable está sucediendo en su forma de conducir el conflicto. Constituye el objeto de la presente obra el análisis de los hechos alegados y su calificación o no como crimen internacional. Para ello, analiza la regulación del derecho a la guerra en tres momentos: ex ante, durante y ex post, y lo contrapone a la realidad del conflicto. Respecto a la regulación ex ante, la obra se detiene en el estudio pormenorizado del crimen de agresión, y su regulación en el contexto de Naciones Unidas y la Corte Penal Internacional. La autora analiza y justifica la no concurrencia de excepción a la prohibición de amenaza o uso de la fuerza en las relaciones internacionales para terminar concluyendo que la llamada “operación militar especial” no es más que un crimen de agresión en su sentido más estricto.

El capítulo se enmarca en la obra como tercera falacia, la de que el ejército ruso no ha cometido crímenes internacionales en Ucrania y analiza tanto el discurso como las acciones cometidas por Rusia. Para concluir su calificación como crimen internacional, la autora realiza un exhaustivo análisis jurídico. El 24 de febrero de 2022 Rusia atacó e invadió a un Estado vecino y dio inicio a una guerra en su sentido más arcaico, apelando a la Carta de Naciones Unidas, artículos 1 y 51, para justificar lo que denominó “operación militar especial”. A medida que se desarrollaban las hostilidades, numerosas imágenes de sufrimiento de civiles inundaron los medios de comunicación. Bombardeos de objetivos no militares, corredores humanitarios pactados y no respetados y cadáveres de civiles indefensos motivaron acusaciones a Rusia de infringir graves violaciones del ius in bello. La respuesta desde el Kremlin es repetitiva: escenificación, provocación, montaje. De acuerdo con el discurso ruso, no se han cometido crímenes internacionales en Ucrania. Justifican el ataque y entienden que nada reprochable está sucediendo en su forma de conducir el conflicto. Constituye el objeto de la presente obra el análisis de los hechos alegados y su calificación o no como crimen internacional. Para ello, analiza la regulación del derecho a la guerra en tres momentos: ex ante, durante y ex post, y lo contrapone a la realidad del conflicto. Respecto a la regulación ex ante, la obra se detiene en el estudio pormenorizado del crimen de agresión, y su regulación en el contexto de Naciones Unidas y la Corte Penal Internacional. La autora analiza y justifica la no concurrencia de excepción a la prohibición de amenaza o uso de la fuerza en las relaciones internacionales para terminar concluyendo que la llamada “operación militar especial” no es más que un crimen de agresión en su sentido más estricto.

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