Un estudio sobre la recepción de los valores y los principios cooperativos relativos al capital social en la legislación española
Author:
Paniagua Zurera, Manuel
ISSN:
1134-7686Date:
2023-12Keyword(s):
Abstract:
Primero, la institución del capital social en las sociedades mercantiles de capital y las diferencias regulatorias respecto a las sociedades cooperativas. En segundo término, el entendimiento actual del mecanismo técnico del capital social en la doctrina y en la práctica cooperativa. Y, tercero, el análisis de los ejes normativos del capital social en la legislación cooperativa con referencia a los modelos ius cooperativos presentes en nuestra legislación: el modelo economicista atemperado representado por la vigente Ley de cooperativas valenciana (2015), el economicista pleno acogido por la Ley estatal de cooperativas (1999), y la concepción economicista extrema o paracapitalista en la Ley andaluza (2011). En la primera materia indicada se analizan, críticamente, las tradicionales funciones del capital social (la de garantía o retención, la organizativa y la productiva) mediante la confrontación de las legislaciones de sociedades de capital y de cooperativas. En la segunda parte se expone, en términos sumarios y novedosos, la formulación por la Alianza Cooperativa Internacional de los valores y principios cooperativas atinentes al capital social (1995), y se aclara su sentido actual a la luz de las Notas de orientación para los principios cooperativos (2015), aprobadas por esta organización internacional.
Primero, la institución del capital social en las sociedades mercantiles de capital y las diferencias regulatorias respecto a las sociedades cooperativas. En segundo término, el entendimiento actual del mecanismo técnico del capital social en la doctrina y en la práctica cooperativa. Y, tercero, el análisis de los ejes normativos del capital social en la legislación cooperativa con referencia a los modelos ius cooperativos presentes en nuestra legislación: el modelo economicista atemperado representado por la vigente Ley de cooperativas valenciana (2015), el economicista pleno acogido por la Ley estatal de cooperativas (1999), y la concepción economicista extrema o paracapitalista en la Ley andaluza (2011). En la primera materia indicada se analizan, críticamente, las tradicionales funciones del capital social (la de garantía o retención, la organizativa y la productiva) mediante la confrontación de las legislaciones de sociedades de capital y de cooperativas. En la segunda parte se expone, en términos sumarios y novedosos, la formulación por la Alianza Cooperativa Internacional de los valores y principios cooperativas atinentes al capital social (1995), y se aclara su sentido actual a la luz de las Notas de orientación para los principios cooperativos (2015), aprobadas por esta organización internacional.
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